NUEVO BONO SOCIAL
El Bono Social es un descuento destinado a personas con dificultades para pagar la factura de la luz. Aunque tenga aspectos mejorables, se trata sin duda alguna de la mejor alternativa para aquellos que cumplan sus requisitos. Por ello te animamos a que revises si tienes derecho al bono social y si crees que puedes optar a él, lo solicites cuanto antes. Te explicamos paso a paso cómo solicitarlo.
Verifica que cumples los requisitos
Puedes ver los requisitos aquí. No olvides que la solicitud sólo puede realizarse para la vivienda habitual y que los requisitos deben cumplirse por el titular del suministro. Si el titular del suministro forma una unidad familiar (a efectos de declaración de la renta), deberán cumplir los requisitos entre todos ellos. Los datos económicos a tener en cuenta son los de la última declaración de la renta disponible.
Solo con la tarifa PVPC
El Bono Social consiste en un descuento sobre la tarifa regulada PVPC, Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, por lo que únicamente está disponible con las comercializadoras de referencia que ofrecen esta tarifa y excluirá a los hogares con más de 10 kW de potencia contratada, al no poder optar al PVPC si no reducen la potencia.
Por ello, el primer paso es comprobar si tienes contrato con alguna de las 8 compañías que ofrecen esta tarifa:
Teléfono
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Web
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EDP COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO S.A
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900 902 947
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ENDESA ENERGÍA XXI S.L
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800 760 333
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TERAMELCOR S.L
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800 007 943
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CHC COMERCIALIZADOR DE REFERENCIA, S.L.U
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900 814 023
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VIESGO COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA S.L
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900 101 005
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GAS NATURAL S.U.R.SDG, S.A
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900 100 283
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BERDROLA COMERCIALIZACIÓN DE ÚLTIMO RECURSO
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900 200 708
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EMPRESA DE ALUMBRADO ELÉCTRICO DE CEUTA COMERCIALIZACIÓN DE REFERENCIA S.A
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900 103 306
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Si no eres todavía cliente, puedes elegir cualquiera de ellas, excepto las comercializadoras orientadas a vecinos de Ceuta y Melilla si no resides allí. Con todas las condiciones del bono social serán exactamente las mismas. Es fundamental que te fijes bien en su nombre, ya que todas ellas tienen en su mismo grupo otra opción con un nombre y un logo casi idénticos. Es posible que necesites consultar tu factura para salir de dudas.
No obstante para facilitar el trámite, en la solicitud del bono social que presente a la comercializadora de referencia elegida, se acepta que formalicen el cambio de compañía si todavía no está con ella.
Cómo lo solicito
Cada comercializadora de referencia debe ofrecer la posibilidad de solicitar el bono social y la documentación necesaria para ello por diferentes canales (correo postal, en oficinas, email, fax o web de la comercializadora). Por ello, lo más sencillo es contactar con ellos telefónicamente y acordar la forma más cómoda para presentar la solicitud y la documentación necesaria.
No obstante, para que el consumidor esté considerado en riesgo de exclusión social (y así beneficiarse de la factura eléctrica gratuita), será necesario tramitarlo a través de los servicios sociales de la administración autónomica o local, ya que para contar con este beneficio especial, además de cumplir los requisitos para ser considerado consumidor vulnerable severo.
Documentación a presentar
La documentación a presentar varía en función de la situación personal de cada solicitante, pero básicamente consiste en:
- Completar y firmar formulario por el titular y el resto de la unidad familiar. Presta mucha atención a la hora de cumplimentarlo y no dudes en consultar con la compañía.
- Fotocopia del NIE o NIE del titular y del resto de la unidad familiar
- En el caso de que el titular forme parte de una unidad familiar, libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los integrantes de la unidad familiar. En caso de no formar parte de una unidad familiar, hoja individual del Registro Civil o cualquier documento expedido por la autoridad competente que acredite el estado civil del solicitante.
- Certificado de empadronamiento, individual o conjunto, del titular y de todos los miembros de la unidad familiar.
Además:
- Las familias numerosas: Fotocopia del título de familia numerosa (si procede)
- Consumidores con circunstancias especiales (minusvalía con discapacidad igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo): certificaod que acredite esa situación
- Los requisitos de renta y de pensiones mínima, requieren implican autorizar que se hagan las comprobaciones necesarias. Sin embargo, para suministros de País Vasco o Navarra, es imprescindible aportar también la Declaración de la renta o certificado de imputaciones de cada uno de los miembros de la unidad familiar. En estas comunidades, las familias numerosas solo para las solicitudes de consumidor vulnerable severo.
El plazo para atender las solitudes de Bono Social es de 15 días, aunque este podría ser mayor si es necesario realizar el cambio de comercializadora y especialmente mientras echa a andar el nuevo reglamento. Una vez comunicado su aceptación, la compañía lo debe aplicar en la primera factura posible, siempre y cuando esa factura se emita con quince días hábiles desde la solicitud.
Y cómo conservarlo
El bono social se aplicará durante un plazo de 2 años, siempre y cuando se mantenga la situación que dio derecho a su percepción. Tan sólo las familias numerosas que sean perceptoras del bono social, podrán beneficiarse de él, sin necesidad de renovarlo mientras se mantenga vigente el correspondiente título de familia numerosa. Por ello es importante anotar la fecha y antes de la finalización del plazo de dos años, y en todos los casos con una antelación mínima de quince días hábiles de la finalización de dicho plazo, solicitar su renovación, revisando la autorizaciones y situación económica.
La comercializadora también está obligada a que en la última factura que emita antes del vencimiento del plazo para solicitar la renovación del bono social, le advierta de este hecho. Si se pierde este beneficio se mantendrá con la tarifa PVPC pero sin el descuento adicional.
Y por supuesto, mientras seas beneficiario del bono social, no aceptes ninguna propuesta de descuento o rebaja adicional que te haga un comercial, ya que en realidad te estará proponiendo un cambio de compañía y perder el Bono Social. Si tienes el bono social, y quieres optimizar aún más tu factura sólo te queda ajustar bien la potencia contratada y activar la discriminación horaria.
¿Y si no cumplo los requisitos?
Si no reúnes los requisitos para tener el Bono Social, existen otras maneras de ahorrar en la factura de energía. El mejor método para conseguir pagar menos en tus facturas de gas y luz es utilizar nuestro:
https://www.ocu.org/vivienda-y-energia/gas-luz/calculadora/gas-electricidad/?landingpage
¿Quién puede acceder al Bono Social?
Se han creado tres tipos de categorías de beneficiarios del bono social, con diferentes requisitos de acceso. El IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) es el indicador básico que se usará para determinar los umbrales de renta de las diferentes categorías. Los umbrales pueden modificarse en algunas circunstancias (en caso de minusvalía, por ejemplo).
- Los consumidores vulnerables. Se consideran así las unidades familiares sin menores que tengan una renta anual inferior o igual a 1,5 veces el IPREM (14 pagas). También las unidades familiares donde haya un menor y cuyos ingresos no superen dos veces el IPREM. En el caso de hogares con dos menores, el límite se fija en 2,5 veces el IPREM.
- Se crea una categoría de hogares vulnerables severos que tienen unos niveles de renta inferiores, que se establecen en el 50% de los límites establecidos para cada categoría de consumidor vulnerable (o sea, 0,75 veces el IPREM si no hay menores, el IPREM en caso de que haya un menor y 1,25 veces el IPREM con dos o más menores.
- Se crea una categoría de hogares vulnerables severos en riesgo de exclusión social. Son hogares en los que la administración local o autonómica decide intervenir, contribuyendo con el 50% del coste de ese suministro.
Además siguen siendo beneficiarios del bono social
- Las familias numerosas, como hasta ahora, sin límite de renta, aunque serán considerados consumidores vulnerables severos solo si su renta anual es menor o igual a 2 veces el IPREM.
- Hogares con todos los integrantes pensionistas que perciban la cuantía mínima vigente. Si no superan el IPREM serán considerados hogares vulnerables severos.
En todos los casos, en hogares con colectivos especiales (discapacidad superior al 33%, víctimas de terrorismo o violencia de género), el punto de corte se amplía en 0,5 veces el IPREM.
- IPREM diario: 17,93 euros/día.
- IPREM mensual: 537,84 euros/mes.
- IPREM anual: 6.454,08 euros/año.
- IPREM en cómputo anual (incluye prorrata de pagas extraordinarias): 7.529,76 euros.
¿Cuáles serán los beneficios?
El bono social supone descuento del 25% de la factura de electricidad, que sube hasta el 40% en el caso de los consumidores vulnerables severos. Los consumidores identificados como en riesgo de exclusión social tendrán la factura gratuita.
Este descuento del bono social solo será aplicable a un consumo mensual básico que se asignará a cada tipo de hogar: el exceso sobre esa cifra se factura a un precio normal. Esta es una de las medidas más controvertidas, pues merma en parte la ventaja del bono social de algunos hogares, especialmente los que utilizan la electricidad como sistema de calefacción, ya que los meses de frío, la mayor parte de su consumo no podrá beneficiarse del descuento del 25 o 40% al superar el límite mensual. Los límites son:
Unidad familiar sin menores
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100 kWh/mes (1200 kWh/año)
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Unidad familiar con un menor
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140 kWh/mes (1680 kWh/año)
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Unidad familiar con dos menores
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170 kWh/mes (2040 kWh/año)
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Familias numerosas
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300 kWh/mes (3600 kWh/año)
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Pensionistas
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140 kWh/mes (1680 kWh/año)
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En caso de impago, los hogares con bono social dispondrán de un periodo de 4 meses antes de que su comercializadora inicie el proceso de corte de suministro. Este proceso se interrumpirá en caso de consumidores vulnerables severos en riesgo de exclusión social.
Cada dos años toca renovarlo
Las ventajas del bono social no son permanentes. Es preciso renovarlo cada dos años, presentando una nueva solicitud ante la comercializadora. Tan solo las familias numerosas podrán disfrutarlo sin necesidad de renovarlo mientras gocen de esa consideración.
Para OCU, renovar el derecho al bono social es un engorroso trámite adicional, que dejará fuera del sistema a algunos consumidores, especialmente a los hogares formados por personas mayores, para quienes es a veces complicado hacer un trámite, sobre todo teniendo en cuenta le reducido número de oficinas de atención al cliente
¿Qué debo hacer?
- Si hasta ahora no tenías bono social pero cumples alguno de los nuevos requisitos empieza las tramitaciones cuanto antes para beneficiarte cuanto antes de él. Para ello es necesario ser cliente de una comercializadora de referencia (PVPC), o solicitarlo en el mismo trámite, y solo podrás hacerlo para tu domicilio habitual. Ten en cuenta que no podrá haber ninguna penalización por romper el contrato vigente para activar el Bono Social, y que si necesitas cambiar de titular, la distribuidora no puede exigirte la revisión de tu instalación eléctrica aunque el Boletín de Instalación de la vivienda tenga más de 20 años.
- Si tienes ahora bono social y crees que vas a seguir teniendo derecho a disfrutarlo, no te precipites en cambiar nada. Se ha prorrogado la vigencia del actual Bono Social hasta octubre de 2018, con la ventaja adicional de que no mientras mantengas el antiguo bono social no te aplicarán los límites mensuales de consumo beneficiado con el descuento. Tan sólo hay una excepción… que puedas cumplir los requisitos de renta para ser tener la consideración de consumidor vulnerable severo. En estos casos te conviene iniciar la tramitación cuanto antes para poder beneficiarte del 40% de descuento en vez del 25%.
- Si hasta ahora has tenido bono social y con el nuevo no tendrás derecho, porque no estás entre las categorías de beneficiarios, seguirás disfrutando de él hasta octubre de 2018. El colectivo más importante de beneficiarios del bono social son hogares con menos de 3 kW de potencia , todos ellos lo perderán en esa fecha el bono social por lo que será el momento de buscar mejores alternativas y valorar si subir la potencia contratada una vez que han perdido este beneficio.
Fuente: Organización de Consumidores y Usuarios. https://www.ocu.org/vivienda-y-energia/gas-luz/noticias/reglamento-bono-social